Revisión Técnico Mecánica & Emisiones Contaminantes
La revisión estará destinada a verificar:
• El adecuado estado de la carrocería.
• Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acordes con la legislación vigente sobre la materia.
• El buen funcionamiento del sistema mecánico.
• Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico.
• Eficiencia del sistema de combustión interno.
• Elementos de seguridad.
• Buen estado del sistema de frenos constatando, especialmente, en el caso en que este opere con aire, que no emita señales acústicas por encima de los niveles permitidos.
• Las llantas del vehículo.
• Funcionamiento de los sistemas y elementos de emergencia.
• Buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación del servicio público.

Primera Revisión de los Vehículos Automotores
La Ley N° 2294 de 19 de mayo de 2023 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026: Colombia potencia mundial de la vida” en su ARTÍCULO 179° modifica el artículo 52 de la Ley 769 de 2002, el cual informa:
ARTÍCULO 52. PRIMERA REVISIÓN DE LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del quinto (5°) año contado a partir de la fecha de su matrícula en el registro nacional automotor. Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula.
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